CARTA DE TRATO DIGNO PARA EL CIUDADANO

FECHA DE PUBLICACIÓN | 2016-12-05

Respetados ciudadanos y ciudadanas,

La Universidad del Pacífico, atendiendo los derechos constitucionales y lo que establece el numeral 5º del artículo 7º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), expide la Carta de Trato Digno a la Ciudadanía cuyo objetivo es especificar los derechos de los ciudadanos y los diferentes canales de atención disponibles para la interacción de la Institución con la ciudadanía.

Los servidores públicos, nos comprometemos a brindar un trato digno, equitativo, respetuoso, considerado, diligente y sin distinción alguna a los ciudadanos que acudan a solicitar los servicios que presta la Universidad.

DERECHOS DE LOS CIUDADANOS

La Universidad del Pacífico garantiza al ciudadano los derechos a:

  1. Ser tratado con consideración y respeto y a exigir a los funcionarios el cumplimiento de sus responsabilidades.
  2. A que a su solicitud se le asigne un radicado para que conozca en cualquier momento el estado del servicio solicitado.
  3. A recibir una respuesta clara, oportuna y veraz a la petición presentada, salvo reserva legal, y dentro de los plazos establecidos por la ley .
  4. A conocer, salvo expresa reserva legal, el estado de cualquier actuación o trámite y obtener copias, a su costa, de los respectivos documentos.
  5. A recibir atención especial y preferente, si se trata de personas en situación de discapacidad, niños, niñas, adolescentes, mujeres gestantes, o adultos mayores y en general de personas en estado de indefensión o de debilidad manifiesta, de acuerdo con el artículo 13 de la Constitución Política de Colombia.
  6. A presentar peticiones verbales o escritas  y por cualquier otro medio tecnológico o electrónico disponible para la Universidad del Pacífico.
  7. Obtener información y orientación sobre el derecho de petición y requisitos para presentarlos de acuerdo a la ley vigente.
  8. Obtener información sobre los servicios que presta la Universidad.
  9. A cualquier otro derecho que reconozca la Constitución y las leyes.

EL QUE USTED CONOZCA Y PRACTIQUE SUS DEBERES, CONTRIBUYE A LA BUENA PRESTACION DEL SERVICIO. 

  • Acatar la constitución y las leyes.
  • Obrar conforme al principio de la buena fe, absteniéndose de emplear maniobras dilatorias en las actuaciones y de efectuar o aportar documentos falsos y declaraciones temerarias.
  • Abstenerse de reiterar solicitudes improcedentes.
  • Tratar respetuosamente a quienes le prestan el servicio.
  • No emplear maniobras que puedan hacer incurrir en error a los funcionarios y a la Institución.
  • Aportar los documentos necesarios.
  • Hacer uso apropiado de los canales de comunicación.

CANALES DE COMUNICACIÓN

Escrito:

Correspondencia dirigida al Campus Universitario

Kilómetro 13 Vía al Aeropuerto

Barrio El Triunfo

Universidad del Pacífico

Buenaventura, Valle del cauca

Ventanilla Única Archivo y Correspondencia

Horario de Atención: 8:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Virtual:

www.unipacifico.edu.co/atencion al ciudadano

Correo electrónico: atcunpa@gmail.co  info@unipacifico.edu.co

También se puede comunicar a través de buzones de quejas y reclamos personalmente en la oficina de Atención al Ciudadano en el horario 8:00 a.m. a 11:00 a.m. y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.